El lema de este año de la Semana Mundial de la Lactancia Materna 2017 es “Construyendo alianzas para proteger la lactancia: por el bien común, sin conflictos de interés” y creo que es importante que expliquemos lo que significa que haya conflicto de interés y cómo podemos evitarlo.

He preguntado a Lorena Moncholí, abogada experta en derecho sanitario y lactivista, para que nos explique desde su punto de vista profesional ¿qué es un conflicto de interés?Desde un punto de vista jurídico se entiende que un profesional está incurso en conflicto de intereses cuando la decisión que va a adoptar puede afectar a sus intereses propiosEvidentemente, determinados profesionales, como los sanitarios además tienen un Código Deontológico que cumplir y deben ejercer sus funciones y competencias sin incurrir en conflictos de intereses. 

En consecuencia, si un profesional sanitario recibe regalos, invitaciones a Congresos u otros beneficios de Compañías de Sucedáneos de Leche Materna, su decisión, diagnóstico o tratamiento en un caso concreto relacionado con la lactancia materna, puede verse influida por los beneficios que obtiene de su vinculación con tales empresas. Y lo mismo ocurre con investigadores.”

El Código de comercialización de sucedáneos de la leche materna es un código que debería cumplirse por todos los gobiernos y su objetivo es la protección de la lactancia materna como forma óptima de alimentación de los bebés humanos.

“Hace la friolera de 36 años, en la 34ª Asamblea Mundial de la Salud, en 1981, se aprobó El código internacional de comercialización de sucedáneos de la leche materna y fue la consecuencia necesaria del casi exterminio de la lactancia materna que se produjo en los años 50/60/70 por las prácticas comerciales  agresivas de las Compañías de leches de Fórmula” nos cuenta Lorena Moncholí.

El código de comercialización de la leche materna busca la protección de la salud de los bebés y niños con la prohibición de la promoción al público de todos los sustitutos de leche materna, biberones y tetinas. Esto incluye ofertas especiales, bonos descuentos, muestras, etc.

Desgraciadamente, el Código de comercialización no es vinculante desde un punto de vista jurídico, aunque sí desde el punto de vista ético.

Afirma Lorena Moncholí “Un profesional sanitario que se dedica a la atención de la infancia o las mujeres en su embarazo, parto y postparto debe cumplir el Código, a rajatabla además y se lo debemos exigir, porque debe ejercer su profesión con ética y lealtad a la población y siempre en su beneficio, de acuerdo con las directrices de las instituciones internacionales que velan por nuestra Salud, como la OMS y la Asamblea Mundial de Salud y por supuesto, de acuerdo con su Código Deontológico”

Por otra parte, en España tenemos el REAL DECRETO 867/2008, del 23 de mayo, por el que se aprueba la reglamentación técnico­ sanitaria específica de los preparados para lactantes y de los preparados de continuación.

En este RD se explica claramente lo que se puede hacer y lo que no en cuanto a promoción y publicidad:

  • Sólo se podrá publicitar los preparados para lactantes en publicaciones especializadas en asistencia infantil y publicaciones científicas.
  • No se debe insinuar ni hacer creer que la alimentación con biberón es equivalente o superior a la lactancia materna.
  • No se pueden publicitar los preparados para lactantes directamente al consumidor.
  • No están permitidas las exhibiciones especiales, cupones descuento, primas o ventas de promoción o acopladas.
  • Prohibido distribuir preparados para lactantes por debajo del precio de coste o dar muestras de ningún tipo directa o indirectamente a través del personal sanitario.

Sin embargo de vez en cuando nos encontramos con carteles como este en el que Almirón promociona su leche, la compara con la leche materna e incumple toda la normativa vigente:

Imagen gracias a Lactancia en libertad

O vemos carteles muy vintage promocionando leche de fórmula en los centros de salud a los que acuden las madres con sus hijos como este ( y ningún cartel promocionando la lactancia materna, claro):

Además, se hace una mención especial en la prohibición de regalos y muestras para las madres y los agentes de salud, sin embargo la semana pasada me enviaron esta foto de México (Coahuila) en la que se cómo están regalando muestras de latas a de fórmula láctea madres de escasos recursos:

Esta imagen fue recibida por muchos pediatras en México, enviada por comerciales de leche de fórmula. Un bebé recién nacido tomando biberón ofrecido por un sanitario con el uniforme de trabajo y con una lata de leche tipo 1 al lado.

Imagen gracias a APROLAM

La semana pasada también se publicaba en redes el número de muestras de regalo disponibles para entregar a los pacientes en una consulta de pediatría en España:

Los laboratorios farmacéuticos siempre intentan saltarse la normativa pero sin hacer cosas ilegales, lo que sí está claro que es no es ético como cuando patrocinan congresos o son los organizadores y/o ponentes de cursos y charlas de lactancia materna:

Jornada de nutrición para enfermeras

Congreso de pediatría 2016

Jornada de formación para sanitarios

Incluso organizan muchísimas actividades para celebrar la “Semana Mundial de la Lactancia materna” (con un par):

 

 

¿No te indigna un poco que intenten apropiarse también de la Semana Mundial de la Lactancia Materna? a mi esto me molesta especialmente.

Y si esto te parece poco, lo que ocurre con las ofertas y descuentos ya es el despiporre:

¿Qué podemos hacer los usuarios de salud si vemos conflictos de interés o incumplimientos del código?

El Código es muy claro y tajante al respecto: prohíbe la promoción de los sucedáneos de leche materna en los centros de atención sanitaria y a los agentes de salud.

En palabras de Lorena Moncholí “ Las instalaciones de los sistemas de salud no pueden utilizarse para promocionar productos. Tampoco para la presentación de productos, ni para fijar carteles, ni para la distribución de los materiales que tengan el nombre del producto (bolígrafos, grapadoras, calendarios, etc.).

Las muestras de productos no deben darse a las mujeres embarazadas o lactantes, ni a niños pequeños, ni a los agentes de salud.”

Sin embargo, si vemos que ocurren estas cosas podemos actuar y de hecho, éticamente deberíamos de hacerlo “Si se trata de un Centro de Salud Público, se debe poner una denuncia dirigida a inspección, indicando claramente que los profesionales sanitarios no sólo han incumplido sus propios Códigos Deontológicos ayudando a que estas marcas se publiciten en un Centro de Salud público, sino que pueden estar incurriendo en un conflicto de interés en el ejercicio de su profesión que pides que se investigue por los organismos de inspección competentes, y además incumplen Real Decreto 867/2008.”

Si se trata de Centros Privados, puedes denunciar ante el correspondiente Colegio de Médicos o Enfermería y en consumo.”

Cuando estas denuncias se ponen, generalmente la respuesta es inmediata.

Además, hay un formulario internacional en el que se puede denunciar incumplimiento del código de comercialización y también podemos utilizarlo.

Pero en cualquier caso, de lo que se trata es de no dejarlo pasar, porque no es ético, porque están poniendo en riesgo la salud de nuestros hijos y porque es ilegal.

Página de Lorena Moncholí con información interesante sobre este tema

Código de comercialización de sucedáneos de la leche

Real Decreto 867/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria específica de los preparados para lactantes y de los preparados de continuación

Formulario para denunciar incumplimientos del código